CAMBIOS DE IMPACTO EN LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ANTE PROYECTO DE CÓDIGO DE TRABAJO

 

Lima, Abr. 20,2022.- El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha dado a conocer el anteproyecto de ley del Código de Trabajo (CT) que, más que una simple compilación de la normativa existente, pretende reformar gran parte de nuestras relaciones laborales.
El estudio Vinatea & Toyama ha realizado una revisión integral, de la cual infieren lo siguiente:

1. Propone una mayor rigidez, limitaciones legales que no tenemos hoy y nuevos procedimientos que restringirán y encarecerán en mayor medida el funcionamiento de las empresas formales de cualquier tamaño.

2. No propone ninguna regulación que promueva la formalización, mejore la productividad y reduzca la informalidad de más del 76% de la PEA.

3. Hay propuestas que no respetan los acuerdos que se lograron entre sindicatos y empresas en el Consejo Nacional del Trabajo, cuando se debatió el proyecto de Ley General de Trabajo, base de este anteproyecto.

El MTPE ha dado un plazo de 20 días para recibir sugerencias y, luego de ello, se presentaría el proyecto al Congreso para su debate. No obstante, dados los cambios significativos que se proponen, el anteproyecto debería pasar por el Consejo Nacional de Trabajo, pero lamentablemente parece, por las declaraciones que se están brindando, no estar en el mapa de las autoridades.

Aun cuando todavía falta camino por recorrer, es oportuno conocer los cambios más relevantes del anteproyecto de CT que tiene 440 artículos y 47 disposiciones adicionales. 

 

Temas

Actual regulación

Proyecto de Código de Trabajo

Duda pro trabajador

Si hay dudas insalvables de una norma, se opta por lo favorable

al trabajador

Si hay dudas sobre una norma o contrato de trabajo, se opta por lo favorable al

trabajador

Gerente general

Puede ser verbal o escrito

designación. No hay formalidad

Se exige contrato escrito y se debe

comunicar al Mintra designación

Personal de

dirección

No hay necesidad de

formalización

Se debe comunicar al Mintra

designación.

Personal de confianza

Trabajadores que laboran

cerca a directivos, manejan información reservada, etc.

Desaparece esta categoría. Pasan a ser

considerados como empleados de régimen común o general.

Grupo de empresas

No regulado, salvo criterios judiciales para la solidaridad

Si hay actividades conjuntas integradas, se comparten directores o dirigentes influyentes o misma marca o logo, hay grupo de empresas. Hay solidaridad de BBSS y tributos + obligación de distribución de utilidades entre todos los

trabajadores de las empresas del grupo


Temas

Actual regulación

Proyecto de Código de Trabajo

Plazos fijos

Máximo 5 años y 9 clases. Se permite plazo fijo para una empresa que aumenta sus actividades. No se presentan al

Mintra.

Máximo 2 años. Se eliminan 4 contratos, incluyendo incremento de actividades. Contratos intermitentes y temporadas pasan a ser estables. Se deben presentar

al Mintra los contratos.

Plazo fijo y subsidios

El plazo vence igual si hay subsidio     de     invalidez    o

maternidad.

Se debe renovar el contrato a plazo fijo si hay subsidio salvo que resulte irrazonable

para el empleador hacerlo.

Tiempo parcial

Menos de 24 horas semanales. Todos los beneficios sociales menos CTS, estabilidad laboral

y vacaciones 7 días

Menos de la jornada de la empresa. Tienen derecho a CTS, estabilidad laboral y 30 días de vacaciones.

Teletrabajo

A la fecha, puede ser verbal o escrito. No está previsto pago de asignación por trabajo remoto.

Convenio escrito presentado a Mintra. Trabajador puede pedir retorno a presencial. Asunción por empresa de

gastos de teletrabajo o pago de una asignación. Desaparece trabajo remoto.

Pacto de

permanencia

Por estudios o a cambio de

compensación económica

Solo hay regulación por gastos de

capacitación asumidos por empresa.

Pacto de no competencia

Acuerdo al cese para evitar competencia. No hay plazos,

se exige compensación.

Máximo un año más una compensación económica por la limitación de competir

Reglamento Interno de Trabajo

Desde 100 trabajadores. No se regula previa consulta ni observación. Trabajadores

pueden cuestionar judicialmente.

Desde 20 trabajadores. Previa consulta de trabajadores, luego hay derecho de observación de trabajadores ante Mintra

que puede rechazar o aprobar. Si se aprueba, trabajadores pueden ir a juicio.

Suspensión

disciplinaria

No regulado máximo de días de

suspensión ante una falta.

No más de 6 días hábiles cuando se

impone una suspensión laboral.

Intermediación laboral

Puede ser para actividades

temporales, complementarias o especializadas

Solo actividades temporales (suplencia y ocasional 6 meses)

Tercerización

Todo tipo de actividades. Solidaridad 1 año y no hay derecho de utilidades de principal.

No puede ser para núcleo del negocio. Limpieza y vigilancia pasan a ser tercerización. Solidaridad 4 años y derecho a recibir utilidades laborales de

empresa principal.

Practicantes

Convenios laborales, no son

trabajadores

Contratos laborales, son trabajadores.

Los BBSS y costos se mantienen.

Período de prueba

Tres meses, pero se puede fijar 6 meses para personal de confianza o labores complejas y 12 meses para personal de

dirección.

Todos con 3 meses de período de prueba salvo directivos que puede ser 12 meses. Si es plazo fijo, máximo ¼ de duración de contrato (Ej. si el plazo es 6 meses,

período de prueba es de mes y medio).


Temas

Actual regulación

Proyecto de Código de Trabajo

Ascenso

Aplican políticas de empresa.

Para casos de ascenso, se debe observar

criterios objetivos como formación profesional, desempeño y antigüedad.

Bono          por encargatura

No regulado derecho a recibir compensaciones cuando se

realizan funciones del superior

Si encargo toma más de 6 meses en un año u 8 meses en 2 años, se debe pagar

un bono que cubra la diferencia salarial

Cambios de condiciones de trabajo

Modificaciones de condiciones de trabajo se cuestionan posteriormente en un juicio.

Si afecta a más de 10% o más de 50 trabajadores, se requiere de consulta previa y si no hay acuerdo, Mintra debe

aprobar o no las modificaciones

Traslados permanentes

Aplican políticas de empresa.

Requieren aceptación de trabajador, salvo que funciones de trabajador

supongan traslados continuos.

Traslados temporales

No hay limitaciones

Si es a otra provincia, no debe durar más de 6 meses y desde segundo mes hay 2 días laborados de licencia para visita a

familiares más gastos de traslados.

Traslados colectivos

No hay limitaciones para traslado de un grupo de trabajadores

Si afecta a más de 10% o más de 50 trabajadores, se requiere de consulta previa y si no hay acuerdo, Mintra debe

aprobar o no el traslado

Suspensión de labores perfecta

Hasta por 90 días hay suspensión por caso fortuito o fuerza mayor. Si no hay autorización, se debe

reintegrar sueldos

Hasta 100 días de suspensión, pero se exigen más requisitos y si se rechaza la medida, se debe reintegrar sueldos más una penalidad de 50% adicional.

Despido por

sentencia penal

Cabe despido por sentencia de

delito doloso

Despido solo si sentencia por delito

doloso es con pena privativa de libertad.

Reposición ante despido

Por criterio judicial, hay reposición en caso de despidos

sin causas y fraudulentos

Se consolida el criterio a nivel de leyes, ratificando la reposición de trabajadores

en despidos sin causas y fraudulentos.

Plazos máximos para despedir y sancionar

En cada caso se determina si hubo o no demora para sancionar (amonestar, suspender o despedir) ante la comisión de una falta laboral

30 días hábiles para amonestar o suspender desde comisión de falta.

Para despedir, 60 días hábiles desde que se comete falta o termina investigación, 6 meses desde que se conoce falta o 12

meses si se conoce a través de una auditoría

Plazo para

demandar ante un despido

30 días calendario para

demandar despido y solicitar reposición o indemnización

60 días hábiles para presentar una demanda que cuestione un despido

Monto de indemnización

por despido

1.5 sueldos por año, con tope de 12 sueldos ante un despido

arbitrario u hostilidad.

1.5 sueldos por año, sin topes. Esta indemnización sin topes también aplica

para los casos de cese por hostilidad.


Temas

Actual regulación

Proyecto de Código de Trabajo

Cese colectivo

Mínimo 10% de personal. Proceso relativamente célere y la empresa puede implementar una suspensión perfecta. Si se aprueba el cese, no hay indemnización por despido.

Mínimo 5 trabajadores si hay hasta 50 trabajadores y 10% más de 50 trabajadores. Más requisitos y pasos previos antes de iniciar. Suspensión solo autorizada por Mintra y si se pierde se paga reintegros más 50% adicional. Si se

aprueba el cese, se debe pagar 22 días de indemnización por año de servicios.

Gratificaciones de julio y

diciembre

Un sueldo por semestre. No entran bonos anuales ni

semestrales

Un sueldo por semestre, pero ingresan en cálculo los bonos anuales y semestrales.

Pago de sueldos

Cabe pago en otra moneda. No

hay topes en pagos en especie

No pago en dólares. En especie máximo

30%

Remuneración integral anual

Este acuerdo de pago anual

exige un sueldo mínimo de 2 UITs mensuales

Se exige para estos pactos que el

trabajador tenga ingresos anuales mínimos de 40 UITs

Bono no contributivo

mensual

No previsto legalmente

Puede pagarse solo por convenio colectivo hasta el 20% del básico, no

afecto a Essalud, AFP ni ONP.

Aumentos de Remuneración

Mínima Vital

No previsto

Cada dos años se fija el nuevo mínimo vital luego de un diálogo en el Consejo

Nacional del Trabajo

Compensación

de deudas con CTS

Se puede compensar deudas o

adelantos con la liquidación de BBSS

Solo se puede compensar deudas o

adelantos por el exceso de 6 remuneraciones brutas

Utilidades laborales

Se puede compensar todas las pérdidas en un año. Tope: 18 sueldos por trabajador.

Se puede compensar máximo 50% de pérdidas por año. Tope no más de 15 veces que trabajador que labora igual cantidad de horas (exceso se

redistribuye) y no exceder 12 sueldos (exceso a AFP o cuenta de CTS)

Utilidades para terceros

No previsto legalmente que trabajadores de terceros reciban utilidades de empresa principal o usuaria

Todas las tercerizaciones (incluye limpieza y vigilancia) deben recibir utilidades de la principal siempre que exista destaque mínimo de 30 días o 240

horas en semestre

Descanso entre

jornadas

No previsto legalmente

Entre cada jornada debe existir como

mínimo 12 horas

Refrigerio

Mínimo 45 minutos, fuera de la

jornada y no se paga por este descanso.

Si es 45 minutos, debe compensarse por

esta pausa. Si el tiempo de refrigerio es mayor, no hay pago adicional

Compensación de horas extras

Puede ser con pago de sobretasa o descanso

proporcional a horas

Si se compensa con tiempo de descanso, la sobretasa genera un descanso

adicional proporcional (25-35%)


Temas

Actual regulación

Proyecto de Código de Trabajo

Descanso

semanal

No hay topes para acumular

descansos semanales

Máximo se puede acumular 2 semanas de

descanso semanal

Vacaciones

La empresa puede modificar fecha de vacaciones.

Vacaciones no incluyen pagos

semestrales ni anuales

Si hay rol, no se puede cambiar la fecha de vacaciones. Las vacaciones deben incluir las gratificaciones legales y

cualquier bono semestral o anual

Sindicatos

Se exige mínimo 20

trabajadores

Se requiere mínimo 10 trabajadores

Sindicatos de grupos y

terceros

No regulado expresamente, pero admitidos por

jurisprudencia en varios casos

Se permite sindicatos de grupo, de contratas, de cadena productiva

(empresas y terceros)

Dirigentes sindicales

La empresa puede despedir y luego judicialmente se valida o no el despido

El despido de un dirigente requiere de autorización de un juez. Mientras dura

todo el proceso, cabe suspensión de la remuneración

Negociación colectiva

Las partes deciden nivel de negociación. No hay plazos

máximos

Sindicato decide nivel de negociación (empresa, rama, grupo empresarial, etc.).

El trato directo máximo dura 120 días

Cláusulas de convenio

colectivo

Vigentes hasta que se firme el siguiente convenio con el

sindicato

Vigentes siempre, salvo que expresamente se pacte su temporalidad

Arbitraje

Sindicato o empresa pueden

solicitarlo

Solo sindicato puede iniciar un arbitraje

Huelga

Procede solo en negociación colectiva o incumplimientos de

sentencia o resoluciones

Procede ante cualquier causa, aun cuando no exista un incumplimiento

legal de la empresa

Huelga ilegal

Ministerio de Trabajo lo declara

Se requiere de un juicio laboral para

declarar ilegal una huelga, cuya duración superará la huelga

Huelga y remuneraciones

No cabe reembolso.

Si se trata de incumplimiento de ley o

convenio colectivo, se debe reembolsar días de huelga legal

Efectos de

huelga

Si es legal solo computable

para CTS

Si es legal, computable para CTS y

vacaciones

Servicios indispensables

Mientras no exista desaprobación de Mintra, es vinculante lista de trabajadores

que debe laborar en huelga

Se requiere autorización del Mintra previa a una huelga

Regímenes especiales

Cada régimen es independiente y supletoriamente se regula por

ley general

Se otorga 180 días para adecuarlas a esta nueva ley

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